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Protocolos de Actuación de las Universidades Españolas

La Universidade de Santiago de Compostela fue una de las primeras instituciones de enseñanza Superior que tuvo un servicio de prevención del acoso laboral. El protocolo de prevención de esta universidad se creó a raíz de la publicación del informe, en 2004, Mobbing en la Administración pública. El sistema universitario gallego. Este trabajo de investigadores de la USC en el que se puso de manifiesto la incidencia de este fenómeno negativo en los colectivos laborales del centro gallego.

Desde su creación, hace un año, se han tratado doce expedientes que denunciaban situaciones de acoso Laboral. El protocolo establece que las denuncias deben remitirse al Servicio de Riesgos Laborales que será el organismo encargado de estudiar los casos. Los casos donde existan indicios se notificarán a los servicios médicos universitarios y, posteriormente, al Comité de Resolución de Conflictos, constituido por siete miembros.

Tres meses es el plazo establecido para que el organismo estudie el caso, hable con la víctima y con el presunto agresor y elabore conclusiones. Aunque no dispone de capacidad sancionadora, sí puede elevar recomendaciones al Consejo de Gobierno, que será el encargado de poner medidas para resolver el conflicto.

La Universidad del País Vasco y las organizaciones sindicales representativas del centro, establecieron un acuerdo sobre la prevención y solución de quejas en materia de acoso.

El documento entró en vigor el 1 de enero de 2004. Su objetivo es aplicar la prevención y solución rápida de las quejas relativas a todas las modalidades de acoso, con las debidas garantías, procedimientos imparciales y justicia natural, tomando en consideración la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respecto a la ley y a los derechos a los demás.

La Universidad Nacional de Educación a Distancia recientemente ha aprobado su protocolo de actuación en materia de acoso. El acuerdo ha sido firmado también por los representantes del personal de la Universidad, CCOO, UGT y CSIF-USIF.

El documento tiene el objetivo de garantizar la protección de los derechos fundamentales de la persona y reconocer la necesidad de prevenir conductas de acoso en el trabajo. Por medio de una serie de compromisos que conducen hacia la información, prevención, mediación y supresión de conductas relacionadas con el mobbing.

La Unidad de Salud Laboral establecerá un procedimiento interno, sumario y que garantice la presunción de inocencia y confidencialidad. Periódicamente se realizará un seguimiento, a través de encuestas y estudios anónimos, con la misión de evaluar la naturaleza y frecuencia de los casos de acoso.

La Universidad de Córdoba también cuenta con su protocolo de actuación presentado a través del Comité de Seguridad y Salud Laboral. Esta normativa determina los pasos a seguir ante los casos de mobbing.

La Universidad Pontificia de Comillas en su Plan de Prevención de Riesgos laborales posee una serie de procedimientos antimobbing.