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Atribuciones por titulaciones:

- Ingeniero industrial

El título de Ingeniero Industrial confiere a sus poseedores capacidad plena para proyectar, ejecutar y dirigir toda clase de instalaciones y explotaciones comprendidas en las ramas de la técnica industrial, química, mecánica y eléctrica y de economía industrial:

  • Siderurgia y metalúrgica en general.
  • Industrias de construcción metálica, mecánica y eléctrica, incluidas de precisión.
  • Generación, transformación, transportes y utilización de la energía eléctrica en todas sus manifestaciones.

Asimismo el Ingeniero Industrial está capacitado para actuar, realizar y dirigir toda clase de estudios, trabajos y organismos de la esfera económica industrial, estadística, social y laboral.

Igualmente otorga capacidad plena para la firma de toda clase de planos o documentos que hagan referencia a las materias comprendidas en los apartados anteriores y para la dirección y ejecución de sus obras e instalaciones, sin que la Administración pueda desconocer dicha competencia ni poner trabas a la misma en los asuntos que deben pasar, para su aprobación, por las oficinas públicas.

Esta profesión está regulada según el Decreto del 18 de septiembre de 1935, publicado en la Gaceta de Madrid.